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03.01.2018
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Katarzyna Kuźma y Wojciech Hartung, del equipo que se dedica al asesoramiento en materia de contrataciones públicas en el Área de Infraestructura y Energía, con éxito han representado a FBSerwis Karpatia spółka z o.o. ante la Cámara Nacional de Alzada (KIO) en el procedimiento relativo a la licitación para la recogida y gestión de residuos municipales en el Municipio Ryglice, que el Ayuntamiento de Tarnów quería adjudicar a su propia sociedad municipal en el marco de una contratación in-house.
La base de la decisión del Ayuntamiento de Tarnów sobre la adjudicación in-house a su propia sociedad iba a ser un acuerdo intermunicipal, celebrado en virtud de la Ley de Autogobiernos Locales, que preveía que el Ayuntamiento de Tarnów se haría cargo de la organización de la recogida y gestión de residuos municipales del Municipio Ryglice y para ello llevaría a cabo un procedimiento en virtud de la Ley de Contrataciones Públicas a cambio del pago de los costes de realización de dicha tarea más una tasa adicional por los servicios administrativos.
La KIO ha compartido la argumentación de FBSerwis Karpatia spółka z o.o. y de AVR sp. z o.o., que se adhirió al procedimiento, según la cual para que se pueda hacer uso de la excepción prevista para la contratación in-house, los acuerdos de ese tipo deben cumplir las premisas establecidas en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea repetidas en la Directiva 2014/24/UE y en la Ley de Contrataciones Públicas para la así llamada colaboración público-privada.
En caso contrario, la adjudicación in-house por el municipio al que no esté asignada una tarea dada debe reconocerse como un acto que tiene como objetivo el de eludir la Ley y por tanto inválido.
Además, la KIO ha confirmado que en el sentido de las disposiciones de la Ley de Competencia y Defensa del Consumidor, el municipio tiene la consideración de empresa y su comportamiento en el mercado de la organización de servicios públicos, incluyendo el mercado de recogida y gestión de residuos, debe ser analizado en el contexto de abuso de la posición dominante. En opinión de la Cámara, las actuaciones del Ayuntamiento de Tarnów, anteriormente descritas, constituyen abuso de tal posición.
La sentencia de la KIO es la primera en la que la Cámara ha contemplado un aspecto más amplio de las transacciones tipo in-house, incluyendo la influencia de las mismas sobre la situación de empresas privadas y la correlación de los preceptos que regulan la situación de las entidades de autogobierno local en el contexto del Derecho de la Unión.
La sentencia no es firme y no se puede descartar que el Ayuntamiento de Tarnów o MPGK sp. z o.o., su sociedad municipal, la recurran ante el tribunal provincial.
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