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"Línea de Tranvía Rápido de Cracovia" en la Cámara Nacional de Alzada (KIO)

30.03.2020

La Cámara Nacional de Alzada ha desestimado en su totalidad el recurso presentado por uno de los participantes en el procedimiento llevado a cabo por la Administración de Carreteras de la Ciudad de Cracovia [Zarząd Dróg Miasta Krakowa] para seleccionar al socio privado que diseñara, construyera, financiara y luego mantuviera la "Línea de Tranvía Rápido de Cracovia, etapa 4" en Cracovia.

El socio privado interpuso un recurso contra el pliego de condiciones en relación con el incumplimiento de la Ley de Contrataciones Públicas, la Ley de Colaboración Público-Privada y el Código Civil por parte del poder adjudicador utilizando su posición dominante y privilegiándose de forma manifiesta, por ejemplo, mediante las disposiciones del contrato de colaboración público-privada sobre el reparto de determinados riesgos, la condición del inversor y el procedimiento para la conclusión de transacciones relativas a instrumentos de cobertura de riesgo de tipo de interés. La Administración de Carreteras de la Ciudad de Cracovia, representada por Marzena Juśkiewicz y los expertos del Área de Infraestructura y Energía de DZP, Michał Wojciechowski y Michał Przychoda, solicitaron la desestimación del recurso en su totalidad.

El Poder Adjudicador indicó que no se había infringido la ley y alegó que las disposiciones cuestionadas del contrato de colaboración público-privada no conducían a que el poder adjudicador fuera excesivamente privilegiado y lograban un equilibrio justo entre los intereses de las partes. "También hay que recordar que un contrato de colaboración público-privada debe repartir los riesgos de tal manera que las obligaciones del poder adjudicador dimanantes del misms no se incluyan en la deuda pública", añadió Michał Przychoda, Senior Associate en el equipo de colaboración público-privada  DZP.

La Cámara ha subrayado que las alegaciones contenidas en la contestación al recurso eran exhaustivas y de forma clara y convincente justificaban la posición del poder adjudicador.