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Nueva normativa de contrataciones públicas en Polonia. Cambios y oprtunidades

26.01.2021

Autores:
Katarzyna Kuźma
Michał Gajdek

El valor del mercado de la contratación pública en Polonia es de 200.000 millones de zlotys al año (unos 45.000 millones de euros), lo que corresponde a un 8,75% del producto interior bruto. A partir del 1 de enero de 2021, entra en vigor una nueva ley que regula su funcionamiento: la nueva Ley de contratos del sector público (NLCSP). 

En primer lugar, cabe señalar que la adopción de la NLCSP no implica una revolución en el mercado de la contratación pública. Las leyes nacionales, incluida la Ley polaca, deben cumplir plenamente las directivas europeas sobre contratación pública: la Directiva 2014/24/UE (clásica) y la Directiva 2014/25/UE (para los sectores especiales). El legislador polaco decidió en primer lugar aplicar las directivas europeas reformando la ley vigente en aquel momento, pero ahora ha llegado el momento de adoptar la NLCSP. 

Aunque es difícil describir la NLCSP como una revolución, los cambios que regirán a partir del 1 de enero de 2021 no pueden calificarse como puramente cosméticos. El legislador polaco ha decidido tomar en cuenta algunos de los postulados de los actores del mercado de la contratación pública, los cuales por supuesto deben evaluarse positivamente. En primer lugar, una de las principales ideas de la NLCSP es hacer hincapié en que la responsabilidad por la ejecución de un contrato público recae no sólo en el contratista sino también en el poder adjudicador. Con ese fin, se han previsto varias disposiciones para garantizar la colaboración entre las partes para la realización del contrato. Entre ellas, cabe destacar los mecanismos obligatorios de ajuste de la remuneración del contratista, el establecimiento de un límite a las penalidades contractuales y la creación de un catálogo de cláusulas prohibidas que pueden perturbar el equilibrio contractual. 

Este último aspecto será responsabilidad del Presidente de la Oficina de Contratación Pública, y el registro de cláusulas se creará sobre la base de la jurisprudencia de la Cámara Nacional de Alzada y del Tribunal de Contratación Pública, una unidad de reciente creación especializada en los procedimientos de licitación. La NLCSP introduce cambios significativos no sólo en la fase de ejecución de los contratos propiamente dichos, sino también en los procedimientos de contratación pública precedentes. Uno de los más importantes es la introducción de la digitalización completa de las licitaciones. A partir del 1 de enero de 2021, todas las ofertas tendrán que ser presentadas en forma electrónica. Para ello es necesario que los contratistas, especialmente los que no dispongan de oficinas en Polonia, se preparen para esta situación, por ejemplo, obteniendo firmas electrónicas cualificadas para las respectivas personas responsables en las empresas. También es necesario familiarizarse con las plataformas de compra que utilizan los poderes adjudicadores. 

El texto completo del artículo está disponible también en la web de Iberian Lawyer.